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¿Estás pasando por un proceso de ejecución hipotecaria y no sabes qué hacer? ¿Te sientes angustiado por la posibilidad de perder tu vivienda y quedarte con una deuda impagable? ¿Quieres saber cómo defenderte ante el banco y evitar el desahucio?
Si has respondido afirmativamente a alguna de estas preguntas, este artículo es para ti. En él te vamos a explicar qué es una ejecución hipotecaria, cómo se desarrolla el procedimiento judicial, qué opciones tienes para paralizarla o evitarla y cómo podemos ayudarte desde nuestro despacho de abogados especializado en derecho bancario.
Este es un tema muy importante que afecta a miles de personas en España, que se ven amenazadas por la pérdida de su hogar y el embargo de sus bienes por no poder hacer frente al pago de la hipoteca. Por eso, queremos ofrecerte información clara y útil que te permita conocer tus derechos y las posibles soluciones a tu problema.
¿Qué es una ejecución hipotecaria?
Una ejecución hipotecaria es el procedimiento judicial que inicia el banco o la entidad financiera acreedora cuando el deudor hipotecario no cumple con sus obligaciones de pago. El objetivo del banco es cobrar la deuda pendiente mediante la venta forzosa de la vivienda o el inmueble que sirve de garantía del préstamo.
La ejecución hipotecaria se rige por la Ley de Enjuiciamiento Civil, que establece una serie de requisitos y plazos que deben cumplirse para que el proceso sea válido. Además, existen una serie de normas específicas que protegen al deudor hipotecario, especialmente si se trata de su vivienda habitual, y que limitan los intereses de demora y las cláusulas abusivas que puedan haberse incluido en el contrato de hipoteca.
¿Cómo se desarrolla el procedimiento de ejecución hipotecaria?
El procedimiento de ejecución hipotecaria se inicia cuando el banco presenta una demanda ejecutiva ante el juzgado de primera instancia del lugar donde se encuentre el inmueble hipotecado. En la demanda, el banco debe acreditar la existencia de la deuda, el impago de las cuotas y el vencimiento anticipado del préstamo, así como la tasación del inmueble a efectos de subasta y el domicilio del deudor para las notificaciones.
El juzgado admite la demanda y requiere al deudor para que pague la deuda en el plazo de 10 días o se oponga a la ejecución. Si el deudor no paga ni se opone, el juzgado ordena el embargo del inmueble y lo pone a disposición del banco para que lo venda en subasta pública. El deudor puede evitar la subasta si paga la deuda antes de que se anuncie la fecha de la misma.
Si se celebra la subasta, el inmueble se adjudica al mejor postor, que debe pagar el precio en el plazo de 40 días. Si no hay postores, el banco puede quedarse con el inmueble por el 70% de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba, si es inferior. Si el precio de la subasta o la adjudicación al banco no cubre la totalidad de la deuda, el banco puede seguir reclamando al deudor la cantidad restante, embargando sus bienes presentes y futuros.
Una vez que el inmueble se ha vendido o adjudicado al banco, el juzgado ordena el lanzamiento o desahucio del deudor, que debe abandonar la vivienda en el plazo que se le indique. Si se trata de la vivienda habitual del deudor y este se encuentra en situación de vulnerabilidad, puede solicitar la suspensión del lanzamiento por un periodo de hasta dos años, siempre que cumpla con los requisitos legales.
¿Qué opciones tiene el deudor hipotecario para paralizar o evitar la ejecución hipotecaria?
El deudor hipotecario no tiene por qué resignarse a perder su vivienda y quedar endeudado de por vida. Existen varias opciones para paralizar o evitar la ejecución hipotecaria, que dependerán de su situación económica, personal y familiar. Algunas de estas opciones son:
- Negociar con el banco una reestructuración de la deuda, una quita o una dación en pago. Estas alternativas implican modificar las condiciones del préstamo, reducir el importe de la deuda o entregar la vivienda al banco para saldar la misma, respectivamente. Para ello, es necesario que el deudor cumpla con los requisitos del Código de Buenas Prácticas Bancarias y que el banco acepte voluntariamente la propuesta.
- Solicitar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) o segunda oportunidad. Esta opción permite al deudor liberarse de la deuda que quede tras la ejecución hipotecaria, siempre que haya actuado de buena fe, no tenga antecedentes penales y haya intentado un acuerdo extrajudicial de pagos con sus acreedores. Para ello, es necesario que el deudor se declare en concurso de acreedores y que el juez le conceda el BEPI.
- Oponerse a la ejecución hipotecaria por motivos legales. Esta opción consiste en presentar un escrito de oposición ante el juzgado, alegando las causas que puedan impedir o paralizar la ejecución hipotecaria. Algunas de estas causas son la prescripción de la deuda, la existencia de cláusulas abusivas en el contrato de hipoteca, la falta de legitimación del banco o la vulneración de los derechos del consumidor. Para ello, es necesario contar con la asistencia de un abogado y un procurador.
¿Cómo podemos ayudarte desde nuestro despacho de abogados?
En Solvendi Abogados somos expertos en derecho bancario y en la defensa de los derechos de los deudores hipotecarios. Contamos con un equipo de profesionales cualificados y con una amplia experiencia en el asesoramiento y la representación de nuestros clientes en procesos de ejecución hipotecaria.
Nuestro objetivo es ofrecerte la mejor solución a tu problema, adaptada a tus necesidades y circunstancias. Para ello, te ofrecemos un servicio personalizado, cercano y transparente, que incluye:
- Un estudio gratuito y sin compromiso de tu caso, analizando tu situación económica, personal y familiar, así como el contrato de hipoteca y la documentación relacionada con el préstamo.
- Una propuesta de actuación, valorando las distintas opciones que tienes para paralizar o evitar la ejecución hipotecaria, así como sus ventajas e inconvenientes, y recomendándote la más adecuada para tu caso.
- Una negociación con el banco, intentando alcanzar un acuerdo extrajudicial que te permita mantener tu vivienda o saldar tu deuda en las mejores condiciones posibles, evitando el procedimiento judicial.
- Una defensa jurídica, en caso de que no sea posible el acuerdo extrajudicial o que el banco inicie la ejecución hipotecaria, presentando el escrito de oposición y alegando las causas que puedan impedir o paralizar la ejecución, así como recurriendo las resoluciones judiciales que sean contrarias a tus intereses.
- Un seguimiento continuo, informándote en todo momento del estado de tu caso, de los pasos que vamos dando y de las novedades que se produzcan, así como resolviendo todas tus dudas y consultas.
Si estás pasando por un proceso de ejecución hipotecaria y quieres que te ayudemos, no dudes en contactar con nosotros. Puedes hacerlo a través de nuestra página web Solvendi Abogados, por teléfono o por correo electrónico. Te atenderemos con la mayor brevedad posible y te ofreceremos la mejor solución a tu problema.
No dejes que el banco te quite tu vivienda y te deje con una deuda impagable. Confía en Solvendi Abogados, tu despacho de abogados especializado en derecho bancario. Estamos a tu lado para defender tus derechos y conseguir el mejor resultado para ti.