El Juzgado de lo Mercantil de A Coruña anula toda la deuda de un particular que se acogió al mecanismo de la Ley de Segunda Oportunidad
– El cliente particular acumulaba deudas
El cliente y afectado acumulaba deudas personales derivadas de préstamos con varias entidades financieras.
Las deudas ahogaban su día a día y no disponía de capacidad financiera ni de generación de recursos para poder hacer frente al abono de las mismas.
Ante tal situación nuestro cliente buscó a un abogado experto en segunda oportunidad y acudió a nuestro despacho para consultarnos su caso. Tras explicarle el proceso decidió contratar nuestros servicios.
– Se intentó un acuerdo previo extrajudicial de pagos
Iniciada la tramitación del procedimiento de Segunda Oportunidad se acudió a la notaría para tratar de alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores tal y como establece la normativa de la Ley de Segunda Oportunidad.
Finalmente no fue posible alcanzar un acuerdo con los acreedores y por ello resultó necesario acudir a la vía judicial para continuar el procedimiento.
– El Juzgado acuerda la exoneración del pasivo insatisfecho
Ya en el marco del procedimiento judicial tras la tramitación oportuna de todo el proceso ante el Juzgado de lo Mercantil el juez decide perdonar la totalidad de las deudas del afectado.
Así las cosas, en aplicación de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, el deudor que se acogió a este mecanismo ha logrado la exoneración de todas sus deudas.
De esta forma, nuestro cliente ya no tiene que abonar ni hacer frente a ninguna de las deudas que acumulaba. La deuda le es perdonada y puede comenzar de nuevo libre de deudas.