Obtenida Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Granada por la que el afectado recupera las cantidades abonadas como gastos en la constitución del préstamo hipotecario. En este caso es parte demandada la entidad financiera BBVA.
BBVA impuso al cliente los gastos derivados de la formalización del préstamo
En el momento de firma del préstamo hipotecario BBVA impuso a su cliente de forma generalizada los gastos ocasionados por la formalización de la hipoteca. Ello fue así a pesar de que quien en realidad estaba interesado en formalizar el préstamo en escritura pública e inscribirlo en el registro era la propia entidad financiera.
El cliente recupera los gastos de notaría y registro de la propiedad actualizados con el interés legal del dinero
La sentencia además de condenar al banco a que devuelva al cliente el 50% de los gastos de notaría y el 100% de los gastos de Registro de la Propiedad acuerda que las cantidades deben ser actualizadas con el interés legal del dinero desde la fecha de pago de cada una de ellas, por lo que el matrimonio no sólo recupera los gastos, sino los intereses de ese dinero. Teniendo en cuenta que la hipoteca fue firmada en el año 2007 el interés legal supondrá que el cliente recuperará en torno a un 3,5% anual, es decir, un 45,5% de más en total.
Anuladas también la cláusula de interés de demora y de vencimiento anticipado
La escritura hipotecaria adolecía de otras cláusulas abusivas que la sentencia también anula. Concretamente la cláusula de interés de demora establecía unos intereses abusivos del 19% ante el impago de cualquier cuota o de parte de ella. Asimismo, la cláusula de vencimiento anticipado fijaba la potestad del banco a dar por vencido el préstamo y reclamar la totalidad de la deuda y la vivienda ante el único impago de una cuota mensual o de parte ella.
La nulidad de ambas cláusulas conlleva que el banco no pueda cobrar intereses adicionales para el caso de que el cliente se atrase en el pago de una cuota y que no pueda iniciar un procedimiento de ejecución hipotecaria por el hecho de que el cliente deje de pagar una cuota.
El procedimiento es gratis para el cliente
Además de todo lo anterior la juzgadora condena al banco al abono de las costas judiciales por lo que el cliente no tendrá que hacer frente al gasto de ningún tipo de honorario ni porcentaje sobre la cantidad recuperada.
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