Sentencia favorable a un cliente afectado por tarjeta revolving de Wizink

Tabla de Contenido

Introducción

Las tarjetas revolving son un tipo de tarjeta de crédito que permite aplazar el pago de las compras o disposiciones de efectivo, pero que aplican unos intereses muy elevados que pueden llegar a superar el 25% anual. Estos intereses pueden generar una deuda creciente que se hace muy difícil de pagar, atrapando al consumidor en un círculo vicioso.

En Solvendi Abogados somos expertos en reclamar la nulidad de los contratos de tarjetas revolving por usura, y hemos conseguido numerosas sentencias favorables para nuestros clientes.

En este artículo te explicamos uno de nuestros casos de éxito, en el que conseguimos que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Igualada declarara la nulidad del contrato de una tarjeta revolving de WiZink y condenara a la entidad a devolver al cliente más de 6.000 euros.

Aquí puedes leer la sentencia completa.

 

El caso: una tarjeta revolving con un interés del 26,82%

Nuestro cliente contrató en 2010 una tarjeta revolving con WiZink, con un tipo de interés remuneratorio del 26,82% TAE.

Durante los años siguientes, realizó diversas compras y disposiciones de efectivo con la tarjeta, pagando unas cuotas mensuales que apenas cubrían los intereses generados. Así, la deuda se fue incrementando hasta superar los 10.000 euros.

En 2020, nuestro cliente decidió reclamar la nulidad del contrato por usura, al considerar que el interés aplicado era abusivo y desproporcionado.

Para ello, se puso en contacto con Solvendi Abogados, que le asesoró y representó durante todo el proceso judicial.

 

La sentencia: la aplicación de la Ley de Represión de la Usura

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Igualada estimó íntegramente nuestra demanda y declaró la nulidad del contrato de la tarjeta revolving por usura.

Para ello, se basó en la Ley de Represión de la Usura, que establece que “será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”.

El juez consideró que el interés del 26,82% TAE era notablemente superior al normal del dinero para las operaciones de crédito mediante tarjetas revolving en el momento de la contratación, que según las estadísticas del Banco de España era del 19,32%.

Así, el juez aplicó el criterio fijado por el Tribunal Supremo en su sentencia 376/2022, de fecha 4 de mayo, que establece que “para determinar si el interés es notablemente superior al normal del dinero debe compararse con el tipo medio aplicable a las operaciones crediticias correspondientes a la categoría específica a la que corresponda la operación cuestionada”.

Además, el juez también consideró que el interés era manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, ya que no se habían tenido en cuenta las condiciones personales y económicas del cliente ni el riesgo asumido por la entidad. Por el contrario, se había aplicado un interés predeterminado y uniforme para todos los clientes.

 

La consecuencia: la devolución de los intereses pagados

La declaración de nulidad del contrato por usura implica que el cliente solo tiene que devolver a la entidad el capital prestado, sin ningún tipo de interés.

Por tanto, el juez condenó a WiZink a devolver al cliente la diferencia entre lo prestado y lo pagado, más los intereses legales desde la fecha de cada pago. En total, WiZink tuvo que abonar a nuestro cliente más de 6.000 euros.

Además, el juez también condenó a WiZink al pago de las costas procesales, lo que supone que nuestro cliente no tuvo que pagar nada por nuestros servicios profesionales.

 

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