Sentencia favorable por usura contra MyKredit

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En nuestro despacho de abogados hemos obtenido una sentencia favorable por usura contra MyKredit, marca comercial de la entidad financiera Trive Credit Spain, S.L.

Esta empresa se dedica a conceder microcréditos a unos intereses desorbitados que superan el 2.000% TAE.

En este artículo te explicamos el caso concreto, el contexto legal y el sentido del fallo judicial.

Aquí puedes leer la sentencia completa.

El caso concreto

Nuestro cliente solicitó un préstamo de 400 euros a MyKredit, que debía devolver en cuatro meses con un interés del 1.000% TAE.

Sin embargo, debido a sus dificultades económicas, no pudo hacer frente al pago y la deuda se fue incrementando con intereses de demora y comisiones. Al final, MyKredit le reclamaba más de 1.200 euros por un préstamo de 400 euros.

Ante esta situación, nuestro cliente decidió acudir a nuestro despacho de abogados para defender sus derechos. Presentamos una demanda contra MyKredit, solicitando la nulidad del contrato de préstamo por usura y la devolución de las cantidades pagadas de más.

El contexto legal

La usura es una práctica ilegal que consiste en cobrar unos intereses excesivos por un préstamo.

La ley que regula esta materia es la Ley de 23 de julio de 1908, de Represión de la Usura, también conocida como Ley Azcárate. Esta ley establece que “será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino”.

Para determinar si un interés es usurario, la jurisprudencia ha establecido que hay que compararlo con el interés medio del mercado en el momento de la contratación. Así lo ha señalado el Tribunal Supremo en su sentencia de 4 de marzo de 2020, que fija el criterio para los préstamos al consumo. Según esta sentencia, “para que el préstamo pueda ser considerado usurario, basta con que se hayan cumplido los dos requisitos previstos en el primer inciso del artículo 1 de la Ley de Represión de la Usura, esto es, que el interés estipulado sea notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, sin que sea exigible que, acumuladamente, se produzca un supuesto de contrato leonino, donde se estipule un interés tan desorbitado e irrazonable que equivalga a falta de seriedad en la fijación del mismo”.

El sentido del fallo judicial

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de L´Hospitalet de Llobregat (Barcelona) dictó sentencia el 28 de septiembre de 2023, estimando íntegramente nuestra demanda.

El juez declaró la nulidad del contrato de préstamo por usura y condenó a MyKredit a devolver a nuestro cliente todos los intereses y comisiones abonados por culpa del contrato.

Además, le impuso las costas del juicio.

El juez basó su decisión en los siguientes argumentos:

  • El interés del préstamo era notablemente superior al normal del dinero, ya que según el Banco de España, el interés medio de los créditos al consumo en el momento de la contratación era del 8,67% TAE, mientras que el de MyKredit era del 1.000% TAE.
  • El interés del préstamo era manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, ya que no se acreditó que el prestatario tuviera un riesgo de impago elevado ni que se le ofrecieran unas condiciones especiales de flexibilidad o rapidez.
  • El interés del préstamo era leonino, ya que suponía un enriquecimiento injusto de la prestamista a costa del prestatario, que se veía sometido a una situación de asfixia financiera.

El juez citó textualmente la sentencia del Tribunal Supremo de 4 de marzo de 2020, que dice: “La fijación de un interés notablemente superior al normal del dinero, en atención a las circunstancias concurrentes y la libertad existente en esta materia, debe estar justificada para que pueda ser aceptada como válida y permita la subsistencia del contrato. En este sentido, el interés pactado sería aceptable si se correspondiera con el riesgo de la operación, si se tratara de contratos en los que se cumplieran especiales expectativas de rentabilidad para el prestamista, o si se concedieran en situaciones de grave necesidad del prestatario, en las que la libertad de éste para prestar su consentimiento se ve condicionada por las circunstancias excepcionales en las que se encuentra, siempre que en estos casos el prestamista no se aproveche de la situación de necesidad del prestatario para imponerle un interés excesivo”.

Conclusión

La sentencia obtenida por nuestro despacho de abogados es una muestra más de que es posible luchar contra la usura y defender los derechos de los consumidores frente a las entidades financieras que abusan de su posición.

Si tú también has solicitado un préstamo a MyKredit u otra empresa similar no dudes en contactar con nosotros.

Te asesoraremos y te ayudaremos a reclamar la nulidad del contrato y la devolución de lo que hayas pagado de más. No dejes que te cobren intereses abusivos. ¡Llámanos ahora!

En Solvendi Abogados podemos ayudarle

Consúltenos su caso. Llámenos al teléfono gratuito 900 831 282

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