La Ley 25/2015 de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social es un mecanismo legal desarrollado para que los particulares que han visto durante la crisis económica cómo se deterioraba su situación financiera puedan liberarse de sus deudas y empezar de nuevo.
La clave de todo es la «buena fe». Hay que demostrarla. Y para ello deberás poder acreditar que:
También debes tener en cuenta que entrarás en un Registro Público Concursal y si tu patrimonio se incrementa en los cinco años siguientes al concurso voluntario de acreedores o se demuestra que has actuado de mala fe, perderás todos los beneficios obtenidos por la Ley de Segunda Oportunidad y tus deudas reaparecerán y deberás afrontarlas.
Podemos acompañarte desde el inicio del procedimiento planteando la Solicitud de Acuerdo Extrajudicial de Pagos, tratando de llegar a acuerdos con los acreedores, y podemos defenderte dentro del concurso de acreedores que se abriría en el caso de que los tratos extrajudiciales no llegasen a buen puerto.
Contamos con la más amplia experiencia en esta materia y somos sensibles a la delicada situación económica de las personas implicadas en este tipo de situaciones. Por eso ponemos a tu disposición formas de pago flexibles y adaptadas a tus capacidades de pago.
Estudiamos tu caso particular y te asesoramos de manera personalizada