RECUPERA TU DINERO SI NO TE ENTREGAN TU VIVIENDA

¿Qué son "Promociones Fallidas" o "Promociones Fantasma"?

El 21 de diciembre de 2015 el Tribunal Supremo dictó una sentencia que abre un camino esperanza para todas aquellas personas que durante los últimos años anticiparon cantidades a cuenta para la construcción de viviendas y vieron como perdían estos anticipos por la quiebra de la promotora que tendría que acometer la construcción del inmueble.

Las personas que hayan aportado dinero a una promotora, constructora o cooperativa de viviendas para la compra de una vivienda sin haber recibido finalmente su casa pueden reclamar a las entidades financieras por su falta de diligencia y por haber hecho caso omiso de la normativa de aplicación.

Tras las numerosas quiebras sucedidas en el mercado inmobiliario en los años 60 del pasado siglo en España, el Gobierno (a través de la Ley 57/1968, de 27 de julio, sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas) obligó a las entidades financieras a velar por la construcción efectiva de las promociones inmobiliarias. Desde entonces los bancos y cajas de ahorro están obligadas a exigir a la empresa promotora un seguro o un aval bancario «bajo su responsabilidad» que garantizase las cantidades anticipadas por los compradores finales de los inmuebles.

En la práctica, a menudo, las entidades financieras no actuaron con la diligencia que la Ley les exige y hoy hay miles de  particulares que han visto esfumarse su dinero. Pero pueden reclamarlo a los bancos.

¿Quién puede reclamar y cuánto tiempo hay para ello?

Todos aquellos particulares que hayan perdido los anticipos que hicieron para la compra de sus viviendas (con independencia de que la vivienda sea habitual o no), cuando se encuentren en una de estas situaciones:

  • las obras no han empezado
  • las obras no han terminado en el plazo previsto
  • no se llegó a conseguir la cédula de habitabilidad
  • no se llegó a emitir la licencia de primera ocupación.
 
Puedes reclamar al banco aún cuando también le hayas reclamado a la promotora sin obtener la devolución de tu dinero. 

¿Qué puedes conseguir?

Todo el importe total que hayas pagado como anticipo, más intereses, con independencia de que la promotora haya desaparecido o entrado en concurso de acreedores. Se puede reclamar al banco que la financió o a la entidad aseguradora que lo avaló, dependiendo de las circunstancias.

¿Cómo podemos ayudarte en Solvendi Abogados?

Contamos con un equipo de profesionales altamente cualificado para afrontar demandas relacionadas con la vivienda y el derecho bancario. Estamos al tanto de todas las novedades judiciales que se van produciendo con respecto a las promociones fallidas que, sin duda, ha afectado a un gran número de particulares en nuestro país con motivo del boom especulativo inmobiliario.

Además, sólo te propondremos demandar si, tras un minucioso estudio gratuito de tu situación, la probabilidad de alcanzar un resultado positivo sea altamente favorable, sin provisión de fondos ni porcentajes.

Recuerda, solo cobraremos si tú recuperas tu dinero.

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