Nueva Victoria Judicial contra BBVA en Valencia: Nulidad Íntegra de Cláusula Suelo, Gastos e Intereses Legales desde el Pago
El panorama judicial español en materia de cláusulas abusivas en contratos bancarios vuelve a marcar un hito relevante en la Comunidad Valenciana. La Sección Civil del Tribunal de Instancia de Valencia (Plaza nº 25) ha emitido la Sentencia N.º 477/2026 en el marco del procedimiento ordinario 2231/2024, estimando íntegramente la demanda interpuesta contra la entidad financiera Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (BBVA).
Esta resolución judicial declara la nulidad radical de la cláusula de limitación a la variabilidad del tipo de interés (popularmente conocida como cláusula suelo), así como de las estipulaciones sobre gastos e impuestos a cargo del prestatario y la comisión de apertura contenidas en la escritura de préstamo hipotecario formalizada en fecha de 28 de diciembre de 2007.
Resumen Ejecutivo del Fallo
- Declaración de Nulidad: Anulación de la Cláusula Tercera Bis Tres referente a la limitación de tipo de interés (suelo), gastos contractuales y comisión de apertura .
- Condena a Restitución: Obligación de devolución de todas las sumas indebidamente abonadas por el consumidor a lo largo de la vida de la hipoteca [cite: 1].
- Intereses Legales y Moratorios: Cómputo de los intereses legales desde el momento exacto en que se efectuó cada pago indebido y devengo de intereses moratorios procesales del art. 576 LEC [cite: 1].
- Costas Procesales: Imposición íntegra de las costas a BBVA tras acreditarse requerimiento extrajudicial previo sin respuesta satisfactoria [cite: 1].
Antecedentes del Caso y Actitud Procesal del Banco
El procedimiento tuvo su origen en la demanda planteada por la representación procesal del prestatario, bajo la dirección técnica del letrado D. Miguel Pardo de Vera Moreno [cite: 1]. En el escrito rector de la demanda se instó la nulidad de pleno derecho de las cláusulas abusivas fundamentándose en los artículos 83 y 89.3 del Real Decreto Legislativo 1/2007 (Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – TR-LGDCU), así como en la Ley de Condiciones Generales de la Contratación y la consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) [cite: 1].
Durante la celebración de la audiencia previa, la entidad bancaria demandada optó por presentar un allanamiento parcial respecto de las pretensiones de nulidad de la cláusula de gastos y de la cláusula de limitación del interés [cite: 1]. Sin embargo, BBVA intentó frenar la eficacia restitutoria argumentando la prescripción de la acción de devolución de cantidades y oponiéndose frontalmente a la nulidad de la comisión de apertura [cite: 1].
El juzgador, aplicando el artículo 21 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), acogió la declaración de nulidad resultante del allanamiento de BBVA al no concurrir fraude de ley o perjuicio de tercero, procediendo a examinar el fondo de la pretensión restitutoria y el resto de las estipulaciones impugnadas [cite: 1].
Fundamentos de Derecho: Restitución Íntegra de Cantidades e Intereses Legales
En aplicación directa del artículo 83 del TR-LGDCU y de la doctrina sentada por el Tribunal Supremo en sus sentencias de 23 de enero de 2019 (entre otras), el fallo recalca que las cláusulas abusivas deben considerarse nulas de pleno derecho y tenerse por no puestas [cite: 1]. Conforme al artículo 6.1 de la Directiva 93/13/CEE, la consecuencia ineludible es el restablecimiento de la situación de hecho y de Derecho en la que se habría encontrado el consumidor de no haber existido dicha estipulación [cite: 1].
El Devengo de Intereses desde la Fecha del Pago por el Consumidor
Uno de los aspectos jurídico-financieros de mayor relief abordados en los Fundamentos de Derecho es el momento a partir del cual deben computarse los intereses legales [cite: 1]. BBVA pretendía que los intereses únicamente se devengaran a partir de la interpelación judicial [cite: 1]. Sin embargo, el Juzgado de Instancia de Valencia refuta de manera tajante dicha postura basándose en la jurisprudencia de la Sección 9ª de la Audiencia Provincial de Valencia (Sentencia nº 251/2019) [cite: 1]:
«Si el fundamento reiterado en la revisión y aplicación de las cláusulas abusivas, tal como reitera el TJUE en numerosas resoluciones es el re-equilibrio contractual y la reposición al consumidor al estado inicial dejando de aplicar tal cláusula, debe concluirse que el consumidor no puede salir perjudicado por su aplicación y por tanto el interés legal debe jugar desde que fue abonada tal cantidad, so pena de no reponer al mismo a dicha situación y protección, pues si percibe tiempo después la misma cantidad dineraria, a pesar de la depreciación monetaria, no resulta repuesto sino perjudicado.» [cite: 1]
De esta manera, la sentencia garantiza que la indemnización sea plena, neutralizando el impacto negativo de la inflación o depreciación del valor del dinero a lo largo de los años en que el banco retuvo indebidamente dichos capitales [cite: 1].
Estructura de la Sentencia y Resolución de Pretensiones
| Pretensión / Cláusula Impugnada | Postura de BBVA | Fallo del Tribunal de Instancia |
|---|---|---|
| Cláusula Suelo (Limitación tipo interés) | Allanamiento parcial / Alegación de prescripción [cite: 1] | Nulidad Absoluta. Devolución de importes cobrados de más a liquidar en ejecución de sentencia con intereses desde el pago [cite: 1]. |
| Gastos de Escrituración y Tributos | Allanamiento parcial [cite: 1] | Nulidad Absoluta. Restitución con intereses legales desde la fecha de su desembolso [cite: 1]. |
| Comisión de Apertura | Oposición frontal [cite: 1] | Nulidad Absoluta. Anulación por falta de justificación de servicios prestados y orden de reembolso [cite: 1]. |
| Costas Procesales | Oposición a su imposición por allanamiento [cite: 1] | Imposición Íntegra a BBVA. Aplicación de principio de vencimiento y art. 395.2 LEC por existir reclamación extrajudicial previa [cite: 1]. |
Imposición de Costas y Principio de Vencimiento Objetivo
En materia de costas procesales, el tribunal aplica de forma rigurosa el principio de vencimiento objetivo reglado en el artículo 394 de la LEC [cite: 1]. A pesar del allanamiento parcial formulado por el banco, la sentencia impone expresamente el pago de las costas a BBVA en virtud del artículo 395.2 de la LEC, al quedar acreditado en las actuaciones que el consumidor realizó una reclamación extrajudicial previa a la interposición de la demanda que no fue resuelta favorablemente por la entidad [cite: 1].
Transcripción y Contenido del Fallo Judicial
En la parte dispositiva de la resolución se establece lo siguiente [cite: 1]:
FALLO: DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda presentada (…) frente a BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A. y en consecuencia DECLARO nulas la cláusula tercera bis tres del contrato de préstamo hipotecario recogido en la escritura de fecha de 28 de diciembre de 2007, referente a los gastos y tributos a cargo del prestatario, la comisión de apertura y la limitación del interés de la variabilidad.
CONDENO a la entidad demandada a pasar por esta resolución, y a restituir las cantidades indebidamente cobradas (…) incrementado en los intereses legales desde la fecha de abono y los intereses de mora procesal del art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde el dictado de la presente resolución, así como al pago de las costas generadas en este proceso. [cite: 1]
Conclusión y Repercusiones para Afectados por Hipotecas de BBVA
Esta sentencia del Tribunal de Instancia de Valencia constituye un firme respaldo a las pretensiones de los prestatarios que continúan reclamando las cantidades cobradas indebidamente en sus préstamos hipotecarios [cite: 1]. Reafirma que la prescripción no debe paralizar las reclamaciones restitutorias derivadas de cláusulas abusivas declaradas nulas de pleno derecho y fija de forma incontestable el cómputo de intereses desde cada pago real realizado por el consumidor [cite: 1].
Firma y Registro: Sentencia dictada en Valencia a 26 de marzo de 2026 por el Ilmo. Sr. D. Mario Sastre Sánchez, Juez de la Plaza Veinticinco de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Valencia [cite: 1]. Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia en el plazo de 20 días [cite: 1]. Puede consultar y descargar el documento en el enlace oficial a la sentencia en PDF.





