
Revisamos gratis tus escrituras de préstamo bancario
En Solvendi Abogados revisamos gratis tus escrituras de préstamo bancario, sea hipoteca o préstamo personal.

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Dos Juzgados de Primera Instancia han condenado a Cajamar y a Bankinter a restituir 150.000 euros por los importes invertidos en bonos de Abengoa invertidos por dos ciudadanos. Ambos fallos son los primeros que se producen en España y que establecen la responsabilidad de cajas de ahorro y banco por la comercialización de bonos Abengoa.

Este jueves se ha conocido una sentencia dictada por el pleno la sala de lo Civil de nuestro Alto Tribunal, siendo ponente el presidente de la misma Francisco Marín Castán, por la que se establece que los bancos deberán abonar las costas judiciales de las dos instancias previas al recurso de casación en materia de cláusulas suelo abusivas, y ello para que los gastos del proceso no causen un «efecto disuasorio» en el consumidor.

Muchas son las personas que contactan con nuestro despacho para asesorarse sobre la cláusula suelo. Las dudas que plantean son variadas. Algunos quieren saber si su hipoteca se encuentra afectada por dicha cláusula o no; otros tantos quieren consultarnos si la respuesta que ha dado el Banco a su reclamación extrajudicial es correcta; otros, además, quieren saber si su cláusula suelo es reclamable o no y buscan ayuda para reclamar y recuperar su dinero.

Una hipoteca que vendía la «tranquilidad» como su mayor punto fuerte, pero con la que sus clientes no podrían conocer ni cuánto capital tendrían que pagar en total ni los años concretos que tardarían en hacerlo. Estos son solo dos motivos por los que el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Oviedo ha declarado nulas «de pleno derecho» en una reciente sentencia casi una decena de cláusulas incluidas en un contrato hipotecario comercializado por Banesto (ahora Banco Santander) en abril de 2007.

Estos productos complejos fueron ofrecidos de manera genérica hace unos años a numerosos clientes bancarios: empresarios, y particulares con préstamos hipotecarios. Se trataba aparentemente de un producto que protegía al consumidor, por lo general, de las variaciones de tipos de interés. Posteriormente y con la bajada del Euribor, los clientes empezaron a recibir liquidaciones negativas importantes, generando numerosas pérdidas.

La incorporación de cláusulas suelo a las escrituras de hipoteca ha sido una actuación prácticamente generalizada durante los años anteriores a mayo de 2.013, fecha en la que el Tribunal Supremo declaró como abusivas las citadas cláusulas.
¿Qué es una cláusula suelo?
La cláusula suelo es un tipo de interés mínimo que la entidad financiera obliga a pagar aunque el tipo de interés al que vaya referenciado el préstamo esté por debajo de ese mínimo.

La Justicia europea ha dado esta mañana una muy buena noticia a los aproximadamente tres millones de españoles que tienen contratadas hipotecas con cláusulas suelo al declarar incompatible con el derecho comunitario la decisión del Tribunal Supremo de limitar los efectos retroactivos de su devolución cuando estas fueron declaradas abusivas y nulas en mayo del 2014. Los bancos van a tener que devolverles todo lo que les han cobrado de más en virtud de estas cláusulas, hasta 7.500 millones de euros en total, de acuerdo con diferentes estimaciones.

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Dos Juzgados de Primera Instancia han condenado a Cajamar y a Bankinter a restituir 150.000 euros por los importes invertidos en bonos de Abengoa invertidos por dos ciudadanos. Ambos fallos son los primeros que se producen en España y que establecen la responsabilidad de cajas de ahorro y banco por la comercialización de bonos Abengoa.

Este jueves se ha conocido una sentencia dictada por el pleno la sala de lo Civil de nuestro Alto Tribunal, siendo ponente el presidente de la misma Francisco Marín Castán, por la que se establece que los bancos deberán abonar las costas judiciales de las dos instancias previas al recurso de casación en materia de cláusulas suelo abusivas, y ello para que los gastos del proceso no causen un «efecto disuasorio» en el consumidor.

Muchas son las personas que contactan con nuestro despacho para asesorarse sobre la cláusula suelo. Las dudas que plantean son variadas. Algunos quieren saber si su hipoteca se encuentra afectada por dicha cláusula o no; otros tantos quieren consultarnos si la respuesta que ha dado el Banco a su reclamación extrajudicial es correcta; otros, además, quieren saber si su cláusula suelo es reclamable o no y buscan ayuda para reclamar y recuperar su dinero.

Una hipoteca que vendía la «tranquilidad» como su mayor punto fuerte, pero con la que sus clientes no podrían conocer ni cuánto capital tendrían que pagar en total ni los años concretos que tardarían en hacerlo. Estos son solo dos motivos por los que el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Oviedo ha declarado nulas «de pleno derecho» en una reciente sentencia casi una decena de cláusulas incluidas en un contrato hipotecario comercializado por Banesto (ahora Banco Santander) en abril de 2007.

Estos productos complejos fueron ofrecidos de manera genérica hace unos años a numerosos clientes bancarios: empresarios, y particulares con préstamos hipotecarios. Se trataba aparentemente de un producto que protegía al consumidor, por lo general, de las variaciones de tipos de interés. Posteriormente y con la bajada del Euribor, los clientes empezaron a recibir liquidaciones negativas importantes, generando numerosas pérdidas.

La incorporación de cláusulas suelo a las escrituras de hipoteca ha sido una actuación prácticamente generalizada durante los años anteriores a mayo de 2.013, fecha en la que el Tribunal Supremo declaró como abusivas las citadas cláusulas.
¿Qué es una cláusula suelo?
La cláusula suelo es un tipo de interés mínimo que la entidad financiera obliga a pagar aunque el tipo de interés al que vaya referenciado el préstamo esté por debajo de ese mínimo.

La Justicia europea ha dado esta mañana una muy buena noticia a los aproximadamente tres millones de españoles que tienen contratadas hipotecas con cláusulas suelo al declarar incompatible con el derecho comunitario la decisión del Tribunal Supremo de limitar los efectos retroactivos de su devolución cuando estas fueron declaradas abusivas y nulas en mayo del 2014. Los bancos van a tener que devolverles todo lo que les han cobrado de más en virtud de estas cláusulas, hasta 7.500 millones de euros en total, de acuerdo con diferentes estimaciones.