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La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca (Sección 3ª) ha confirmado una importante victoria para uno de nuestros clientes en materia de cláusulas abusivas de gastos hipotecarios impuestas por BBVA.
En la Sentencia nº 664/2025, de 22 de septiembre de 2025, la Audiencia desestimó totalmente el recurso de apelación interpuesto por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (BBVA) contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Palma de Mallorca (de 26 de julio de 2024, autos Juicio Verbal nº 763/24).
El fallo confirma íntegramente la resolución de primera instancia, declarando la nulidad parcial de la cláusula quinta (GASTOS) del contrato de préstamo hipotecario por ser abusiva debido a la falta de transparencia y al reparto desigual de los gastos de formalización. Como consecuencia, se condena al banco a restituir al cliente 1.329,82 euros, más los intereses legales correspondientes desde los pagos.
Aquí puedes leer la sentencia completa.
¿Qué gastos se han recuperado en esta sentencia?
Según el propio fallo, la cantidad de 1.329,82 € corresponde exactamente a:
- La mitad de los gastos de Notaría (510,17 € de un total de 1.020,34 € abonados).
- La totalidad de los gastos de Gestoría (43,60 €).
- La totalidad de los gastos de Registro de la Propiedad (384,05 €).
La sentencia aplica la doctrina consolidada del Tribunal Supremo (por ejemplo, STS 705/2015 de 23 de diciembre) y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sentencias de 25 de enero de 2024 en asuntos C-810/21 a C-813/21, de 25 de abril de 2024 y otras), que consideran que estas cláusulas generan un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor y carecen de la transparencia necesaria.
¿Por qué BBVA perdió el recurso?
El banco alegó principalmente dos motivos:
- Prescripción de la acción de restitución.
- Imposición indebida de costas.
La Audiencia Provincial rechazó ambos argumentos. Sobre la prescripción, siguió la jurisprudencia reciente del Supremo (STS de Pleno 857/2024 de 15 de junio) y del TJUE: el plazo de prescripción para reclamar las cantidades abonadas en exceso comienza a computar desde la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula, salvo prueba en contrario por el banco de que el consumidor tenía conocimiento previo de la abusividad. En este caso, no se acreditó ese conocimiento, por lo que no ha prescrito la acción restitutoria.
Además, se confirma la imposición de costas tanto en primera instancia como en apelación al BBVA, aplicando el principio de efectividad de la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas (que impide regímenes que disuadan al consumidor de reclamar).

¿Por qué es importante esta sentencia para ti?
Esta resolución de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca refuerza que, incluso en 2025-2026, los consumidores que firmaron hipotecas con BBVA (y otros bancos) en años anteriores pueden seguir reclamando con éxito:
- La nulidad de la cláusula de gastos por abusiva.
- La devolución de parte o la totalidad de los importes pagados por notaría (mitad), gestoría, registro y, en su caso, tasación (según doctrina).
Si tu hipoteca con BBVA (o cualquier otro banco) incluye una cláusula similar que te obligó a pagar todos o casi todos los gastos de constitución, puedes tener derecho a recuperar miles de euros, más intereses legales desde que los pagaste.
Solvendi Abogados: especialistas en recuperación de gastos hipotecarios
En Solvendi Abogados hemos conseguido esta sentencia favorable para nuestro cliente frente a BBVA, demostrando una vez más nuestra experiencia y compromiso en la defensa de los derechos de los consumidores frente a las prácticas bancarias abusivas.
Hemos ayudado a cientos de afectados a recuperar cantidades similares (o superiores) sin que tengan que adelantar costas en la mayoría de los casos, gracias a sentencias que imponen las costas al banco.
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