Sentencia favorable sobre gastos hipotecarios contra Bank…

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Solvendi Abogados, líder en la defensa de los derechos de los consumidores en el ámbito bancario, ha logrado una victoria judicial de gran relevancia con una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Donosti el 20 de diciembre de 2024. Esta resolución condena a Bankinter, S.A. a devolver los gastos hipotecarios indebidamente cobrados a uno de nuestros clientes, reforzando nuestra exitosa trayectoria en la lucha contra las cláusulas abusivas.
 
La sentencia, disponible en su integridad aquí, no solo beneficia a nuestro representado, sino que abre una ventana de oportunidad para miles de hipotecados de Bankinter que aún pueden reclamar. Si pagaste gastos de tu hipoteca con esta entidad, ¡aún estás a tiempo! El plazo de prescripción no ha vencido, y esta sentencia es tu oportunidad de recuperar tu dinero. Sigue leyendo para descubrir los detalles y cómo ponerte en contacto con nosotros hoy mismo.
 

Aquí puedes leer la sentencia completa.

 

Contexto del Caso: Una cláusula abusiva

El caso se refiere a un préstamo hipotecario suscrito por nuestro cliente con Bankinter el 3 de febrero de 2005, destinado a la compra de su vivienda habitual en Donosti. El contrato incluía una cláusula que obligaba al consumidor a asumir todos los gastos asociados a la formalización: honorarios notariales, registrales, de gestoría y tasación.  Con la asistencia de Solvendi Abogados, se presentó una demanda solicitando la nulidad de la cláusula y la devolución de los gastos indebidamente cargados.
 
Bankinter intentó defenderse argumentando que el cliente había aceptado las condiciones y que el plazo para reclamar podría haber prescrito. Sin embargo, el Juzgado de Donosti desestimó estas alegaciones, confirmando la abusividad de la cláusula y ordenando la restitución de las cantidades pagadas, destacando que el plazo de prescripción sigue vigente para muchos afectados.
 

Análisis de la Sentencia: Fundamentos Jurídicos

La sentencia se apoya en un marco normativo y jurisprudencial robusto. El juez aplicó el artículo 89.3 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que considera abusivas las cláusulas que imponen al consumidor todos los costes de formalización sin una distribución equitativa. El fallo establece textualmente: «Se declara la nulidad de la cláusula que impone al consumidor la totalidad de los gastos de constitución del préstamo hipotecario, por infringir el artículo 89.3 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, al generar un desequilibrio significativo entre las partes del contrato.»

La resolución se alinea con la doctrina del Tribunal Supremo, específicamente las sentencias de 23 de diciembre de 2015 (número 705/2015) y 16 de octubre de 2018 (número 1505/2018), que determinan que los bancos deben asumir una parte proporcional de los gastos hipotecarios. Además, el juez consideró la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 16 de julio de 2020 (asunto C-224/19), que refuerza la protección del consumidor frente a cláusulas desequilibradas.

Respecto a la prescripción, el tribunal aclaró que el plazo de cinco años comienza a contar desde la fecha en la que la concreta cláusula del préstamo hipotecario en cuestión es declarada nula.

Esta declaración es crucial, ya que asegura a los hipotecados que aún tienen tiempo para reclamar.

 

Distribución de los gastos

La sentencia establece un reparto equitativo de los gastos, siguiendo los criterios jurisprudenciales:

  • Gastos de registro: 100% a cargo de Bankinter, por ser la entidad interesada en la inscripción.
  • Gastos de notaría: 50% a cargo de Bankinter y 50% del consumidor, por el beneficio mutuo.
  • Gastos de gestoría y tasación: 100% a cargo de Bankinter, al tratarse de servicios impuestos por la entidad.
  • Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD): 100% a cargo del consumidor, como sujeto pasivo, según la normativa aplicable hasta la Ley 5/2019.

Con base en este reparto, Bankinter fue condenada a devolver los gastos correspondientes al registro, la mitad de los notariales y la totalidad de los de gestoría y tasación, más intereses legales desde cada pago. La entidad también asumió las costas procesales, protegiendo al cliente de gastos adicionales.

 

¡Aún estás a tiempo para reclamar!

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